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(CIUDAD), (FECHA)
Señores:
GOBERNACION DE (DEPARTAMENTO)
SECRETARIO DE HACIENDA DEPARTAMENTAL
OFICINA DE COBRO COACTIVO
Sincelejo E.S.D
Ref. solicitud de prescripción de las vigencias fiscales del impuesto sobre vehículo de los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015
(NOMBRE COMPLETO) mayor de edad y vecino del municipio de (MUNICIPIO), identificado con cedula de ciudadanía (NUMERO DE CEDULA) de (CIUDAD DE EXPEDICION) respetuosamente formulo ante ustedes derecho de petición basado en el artículo 23 de la constitución política de Colombia me permito solicitar a ustedes que sea aplicada la prescripción correspondiente a las vigencias fiscales de impuestos de (LA MOTOCICLETA,EL VEHICULO, ETC) identificada con placa ((NUMERO DE LA PLACA) dentro de los años del XXXX al XXXX por los siguientes hechos:
HECHOS
(CADA CASO ES DIFERENTE ASI QUE PONES TUS HECHOS, LOS HECHOS QUE VES SON LOS MAS GENERICOS)
1. nunca recibí La factura de cobro del impuesto vehicular de los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y la autoridad correspondiente no efectuó la acción de cobro en el momento oportuno, tampoco se interrumpió por la notificación del mandamiento de pago, por lo cual no fue Interrumpida la prescripción, aplicando de esta manera el artículo 817 del estatuto tributario, sin configurarse interrupción del termino de prescripción
2. por haber transcurrido más de cinco años de la expedición de la factura de cobro sin haberse ejecutado, los actos administrativos han perdido fuerza ejecutoria y por lo tanto la administración debe declarar la prescripción de dichas obligaciones.
PRETENSIONES
Por medio del presente escrito, me permito solicitar sea aplicada la prescripción correspondiente a las vigencias fiscales de impuestos del automotor descrito de los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015
Lo anterior de acuerdo a lo señalado por el artículo 817 de Estatuto Tributario Nacional.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Invoco como fundamento de derecho:
- el Art. 23 de la Constitución Política
- “Artículo 817 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO”
Término de prescripción de la acción de cobro. La acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescribe en el término de cinco (5) años, contados a partir de:
1. La fecha de vencimiento del término para declarar, fijado por el Gobierno Nacional, para las declaraciones presentadas oportunamente.
2. La fecha de presentación de la declaración, en el caso de las presentadas en forma extemporánea.
3. La fecha de presentación de la declaración de corrección, en relación con los mayores valores.
4. La fecha de ejecutoria del respectivo acto administrativo de determinación o discusión.
La competencia para decretar la prescripción de la acción de cobro será de los
Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas respectivas”.
- Demás normas aplicables al caso en concreto
ANEXOS
(SI VAMOS A USAR ARCHIVOS PARA EL DERECHO DE PETICION COMO CEDULAS, TARJETAS DE PROPIEDAD AQUÍ DIREMOS LO QUE ADJUNTAMOS)
NOTIFICACIONES
(PONEMOS COMO NOS PUEDEN CONTACTAR)
Dirección: XXXXXXXXXXx Celular:XXXXXXXXXXXXXXx Correo electrónico: XXXXXXXXXXX
Atentamente,
NOMBRE COMPLETO
CC. N° NUMERO DE CEDULA de CIUDAD DE EXPEDICION
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